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ISBN 978-9974-2-1315-9

El sistema de negociación colectiva uruguayo
Leyes 18.508 y 18.566

Autor:Ermida Fernández, Martín
Editorial:Fundación de Cultura Universitaria
Materia:Derecho laboral
Clasificación:Negociación colectiva y sindicatos
Público objetivo:Enseñanza universitaria o superior
Publicado:2022-08-19
Número de edición:2
Número de páginas:294
Tamaño:17x24cm.
Precio:$750
Encuadernación:Tapa blanda o bolsillo
Soporte:Impreso
Idioma:Español

Reseña

Uruguay sigue sin contar con un marco normativo que regule la temática de forma general y sistemática. Demostrándose la actualidad y vigencia de las enseñanzas del Prof. Dr. Oscar Ermida Uriarte: «pese al mandato constitucional en el sentido de reglamentarse el ejercicio y efectividad de la huelga, aún no ha sido dictada una ley general y sistemática en tal sentido. Lo cual, de ninguna manera impide el ejercicio de tal derecho». Y ello, por cuanto el derecho de huelga reconocido por el artículo 57 de la Constitución, «tiene vigencia con ley reglamentaria, sin ley reglamentaria, y aún en contra de cualquier ley reglamentaria que lo intentara suprimir».
Este mismo razonamiento, entendemos, es aplicable o extrapolable a la negociación colectiva. A tal punto que, la reglamentación legal dada por las Leyes 18.508 y 18.566, a nuestro modesto y humilde entender, se configuran como un claro retroceso jurídico. Por un lado, limitativo de la negociación colectiva en el sector privado. Y especialmente prohibitivo de la negociación colectiva, en el sector público. Empero, es resaltable el avance que implica la caída del paradigma publicista que diferenciaba a los mismos prestadores de idéntica actividad, en trabajadores o funcionarios públicos, solo por el hecho de desarrollar esa actividad en el sector privado o en el sector público.

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