El régimen de responsabilidad política del Poder Ejecutivo en la Constitución uruguaya
La responsabilidad de quienes ejercen el poder público es un precepto constitucional fundamental en la vida de los pueblos libres. Nuestro país constituye un Estado Democrático de Derecho en que tanto los Poderes representativos como la soberana Nación deben actuar conforme a Derecho, como expresamente se establece en la Constitución uruguaya. En la presente obra se analizan las características particulares del sistema de gobierno uruguayo semi presidencial, atendiendo a la figura prominente del gobierno que es la del Presidente de la República, con amplia discrecionalidad para nombrar y cesar a los Ministros, orientador de la política del Poder Ejecutivo y por tanto Jefe de Gobierno, además de Jefe de Estado. Los Ministros de Estado en el sistema uruguayo dependen de la confianza política del Presidente de la República, que puede cesarlos en cualquier momento. La figura clave del gobierno es el Presidente de la República, que es elegido por mayoría absoluta de la ciudadanía o eventualmente en ballotage. Las facultades del Presidente de la República como Jefe de Estado son las comunes de un Jefe de Estado en los sistemas parlamentarios, con la diferencia que no designa al Jefe de Gobierno, por la razón de que la Jefatura de Gobierno la ejerce el mismo Presidente de la República en el Uruguay.